¿Cuáles son tus derechos en materia de inmuebles?
Fundamento en el articulo 73 de (LFPC) indica que los proveedores sean fraccionadores, constructores, promotores y demás personas que intervengan en la asesoría y venta de viviendas destinadas a casa habitación tienen la obligación de registrar su contrato de adhesión ante la Procuraduría Federal de Consumidor (Profeco), el cual debe especificar:
- Lugar y fecha de celebración.
- Estar escrito en español, sin prejuicio de que pueda ser expresado, además, en otro idioma. En caso de diferencias en el texto o redacción, se estará a lo manifestado en español.
- Nombre, denominación o razón social, domicilio y Registro Federal de Contribuyentes (RFC) del proveedor.
- Nombre, domicilio y, en caso, RFC del consumidor.
- Precisar las cantidades de dinero en moneda nacional, también puede ser expresadas también en moneda extranjera; si no hay acuerdo se pondrá al tipo de cambio que rija en el lugar y fecha en que se realice el pago.
- Descripción del objeto del contrato.
- El precio total de la operación, la forma de pago, así como las erogaciones adicionales que deberán cubrir las partes.
- Relación de los derechos y obligaciones, tanto del proveedor como del consumidor.
- Las penas convencionales que se apliquen tanto al proveedor como al consumidor por el incumplimiento de las obligaciones contraídas, las cuales deberán ser reciprocas y equivalentes, sin prejuicio de lo dispuesto por los ordenamientos legales aplicables.
- En caso de que las garantías para el cumplimiento del contrato, así como los gastos reembolsables y forma para su aplicación.
- El procedimiento para la cancelación del contrato de adhesión y las implicaciones que se deriven para el proveedor y para ti.
- Fecha de inicio y termino de ejecución de la ejecución de la actividad o servicio contratado, así como la entrega del bien objeto del contrato (solo que acredite que la entrega no se realizó por caso fortuito o fuerza mayor que afecte directamente, a él o al bien, pudiéndose pactar sin responsabilidad alguna una nueva fecha de entrega).
- En los casos de operaciones de compraventa de inmuebles el contrato deberá indicar las características técnicas y de materiales de la estructura, de las instalaciones y acabados; y que cuenta con todos los servicios básicos.
- Señalar los términos para otorgarse escrituración. Hay que indicar que el bien inmueble deberá estar libre de gravámenes a la firma de la escritura correspondiente.
- El articulo 74 de la LFPC indica que los proveedores deberán efectuar la entrega física o real del bien material de la transacción en el plazo pactado con el consumidor y de acuerdo con las especificaciones previamente establecidas y ofrecidas.
¿Cuáles son las obligaciones de los proveedores?
Si el caso es de preventa deberán exhibir:
- El proyecto ejecutivo de construcción, así como la maqueta o el inmueble muestra.
- Acreditación de la propiedad inmueble.
- La personalidad del vendedor y la autorización del proveedor para promover la venta.
- Condiciones de pago de contribuciones y servicios públicos.
- Autorizaciones, licencias o permisos expedidos por la autoridad para la construcción.
- Planos estructurales, arquitectónicos y de instalaciones.
- Información de las características como extensión del terreno, superficie construida, tipo de estructura, instalaciones, acabados, estacionamiento, áreas de uso común.
- Beneficios adicionales como acabados especiales, encortinados, azulejos, cocina integral entre otros.
- Opciones de pago, especificando el monto total a pagar en cada una de las opciones.
- En caso de que sea a crédito, el tipo así como la proyección del monto a pagar, la taza de interés, comisiones y cargos.
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