Subcontratación de servicios especializados o ejecución de obras (reforma outsourcing)
Se aprobó reforma para el Outsourcing en México, se modificarán 8 leyes para prohibir la subcontratación de trabajadores para las Personas Físicas y Morales, solo podrán ser subcontratados los servicios especializados o ejecución de obras especializadas.
Modificación de leyes para evitar el Outsourcing
Se reforman diversas leyes en materia de subcontratación laboral:
·
Ley Federal del Trabajo.
·
Ley del Seguro Social.
·
Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda
para los Trabajadores.
·
Código Fiscal de la Federación.
·
Ley del Impuesto sobre la Renta.
·
Ley del Impuesto al Valor Agregado.
·
Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del
Estado, Reglamentaria del Apartado b) del Artículo 123 Constitucional, y Ley
Reglamentaria de la Fracción XIII bis del Apartado B, del Artículo 123 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Entre las modificaciones más importantes se encuentra la de la Ley
Federal del Trabajo (LFT) en sus artículos 12, 13, 14 y 15.
Motivos de la reforma de subcontratación laboral en México
Los siguientes motivos de la reforma de subcontratación, fueron
extraídas del dictamen publicado en el senado.
Las consideraciones que estas dictaminadoras consideran más destacables
son los siguientes:
·
La práctica del régimen de contrataciones laborales
no ha estado exenta de prácticas abusivas o simuladas en perjuicio de los
derechos de los trabajadores.
· En el ámbito fiscal los esquemas de subcontratación han llevado en muchas ocasiones a la disminución del pago de ISR por concepto de salarios, así como la omisión en el entero del IVA y solicitudes de devolución por ese concepto, cuando incluso el último de los tributos señalados no fue enterado.
· Se ha identificado que las actividades delictivas por defraudación fiscal -a través de la figura de la subcontratación, la cual está ocasionando una disminución extraordinaria en la recaudación de recursos en el país.
·
La STPS ha realizado inspecciones a empresas que
contratan a trabajadores a través de esquemas de subcontratación laboral con el
objetivo de evitar la simulación en la contratación de trabajadores, que
resultaron en la necesidad de reforzar la regulación de esta figura.
· La subcontratación se incorporó mediante la reforma de la LFT (2012), pero resultó insuficiente para evitar las prácticas indebidas que han afectado los derechos de los trabajadores en su antigüedad, estabilidad en el empleo, pago de reparto de utilidades, entre otros. Proliferaron esquemas de subcontratación simulada eludiendo el cumplimiento de las responsabilidades y cargas de seguridad social, connaturales a toda relación de trabajo.
· Los esquemas de subcontratación que derivan en afectaciones directas a los derechos laborales de las personas trabajadoras también tienen un impacto en el derecho a la vivienda. Estos esquemas inciden en elementos fundamentales que afectan tanto el acceso a financiamiento, como la capacidad de pago de los derechohabientes y merman el ahorro financiero de largo plazo de los mismos.
·
Recientemente, este modelo de contratación, aunado
a la crisis suscitada por la pandemia de enfermedad originada por el virus
SARS-CoV2 (COVID-19), provocó que se desatara una serie de despidos masivos de
personas trabajadoras por parte de algunos patrones.
0 Comentarios