Régimen de Sueldos y Salarios

¿QUÉ ES?

Los asalariados son personas contratadas por uno o varios empleadores, también conocido como patrón, que les asigna una serie de actividades durante su jornada laboral, les paga una cantidad en dinero periódicamente y les otorga ciertos beneficios, a esta paga se le conoce también como sueldo o salario.

Ejemplos

Algunos ejemplos de asalariados son los obreros, secretarias, empleados de mostrador, asistentes, cajeros, entre otros.
También si eres:
-funcionario y trabajador de la Federación, Entidades Federativas y de los Municipios.
-Miembro de las fuerzas armadas.
-Miembro de sociedades cooperativas de producción y recibes rendimientos y anticipos.
-Miembro de sociedades y asociaciones civiles y recibes anticipos.
-Si prestas servicios a un prestatario en sus instalaciones.
-Si trabajas para personas físicas o morales siendo comisionista o comerciante.

Considerar lo siguiente

  1.  Acumular ingresos.  
  2. Cumplir con obligaciones fiscales.
  3. Deducir gastos.

Obligaciones fiscales

Conoce las obligaciones fiscales que debes cumplir:
- Inscribirte en el RFC. Debes proporcionar los datos y documentos necesarios (como el acta de nacimiento) a tu patrón para que te inscriba o puedes realizar el trámite de forma personal o por internet.
Comprueba que tu patrón te inscriba al RFC desde el momento en que empieces a trabajar.
-Mantén actualizada tu información ante el RFC, en los casos de:

Cambio de domicilio. Debes presentar tu aviso de cambio de domicilio por internet, donde actualizarás los datos de tu nueva dirección.

Aumento o disminución de obligaciones. Puedes realizar este trámite cuando cambies de actividad económica o modifiques una obligación, como presentación de declaraciones. El trámite lo puedes iniciar y concluir por internet.

Suspensión de actividades. Cuando interrumpas tus actividades económicas. El trámite lo puedes iniciar y concluir por internet.

Reanudación de actividades. Después de estar en suspensión de actividades y vuelvas a realizar alguna actividad económica o tengas alguna obligación fiscal periódica de pago, por si o por cuenta de terceros. El trámite lo puedes iniciar y concluir por internet.

Presentar tu declaración anual

Durante el mes de abril de cada ejercicio, en los siguientes supuestos:

Si obtuviste ingresos mayores a 400,000 pesos en el año.

Si trabajaste para dos o más patrones en el mismo año, aún cuando no hayas rebasado los 400,000 pesos.

Si solicitaste por escrito a tu patrón que no presente tu Declaración Anual.

Si dejaste de prestar tus servicios antes del 31 de diciembre del año de que se trate.

Si prestaste servicios por salarios a personas que no efectúan retención como embajadas u organismos internacionales.

Si obtuviste otros ingresos acumulables (honorarios, arrendamiento, actividades empresariales, entre otros) además de salarios.

Si percibiste ingresos por concepto de jubilación, pensión, liquidación o algún tipo de indemnización laboral.

Estas exento de presentar Declaración Anual, si te ubicas en cualquiera de los siguientes supuestos:

Obtuviste ingresos exclusivamente por salarios de un sólo patrón, siempre que te haya emitido CFDI de nómina por la totalidad de los ingresos, incluso si dichos ingresos rebasaron los $400,000.00 pesos.

Haber obtenido ingresos por salarios y también haber obtenido intereses nominales que no hayan excedido de $20,000.00.



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