Si eres persona física, en tu Declaración Anual tienes derecho a presentar las siguientes deducciones personales.
¿Qué son las deducciones personales?
Son los gastos que como contribuyente tienes derecho a
disminuir de tus ingresos acumulables en la Declaración Anual del ejercicio.
Las deducciones personales son:
Salud.
Honorarios médicos, dentales y por servicios profesionales
en materia de psicología y nutrición.
Son deducibles si son prestados por personas con título
profesional legalmente expedido y registrado por las autoridades educativas
competentes.
Gastos hospitalarios y medicinas incluidas en facturas de
hospitales.
No proceden los comprobantes de farmacias.
Honorarios a enfermeras.
Análisis, estudios clínicos.
Compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o
rehabilitación del paciente.
Prótesis.
Compra de lentes ópticos graduados para corregir efectos
visuales.
Primas por seguros de gastos médicos, complementarios o
independientes de los servicios de salud proporcionados por instituciones
públicas de seguridad social.
Dichos gastos por salud serán deducibles cuando hayan sido efectuados para ti, tu cónyuge o concubino/a, tus padres, abuelos, hijos y nietos.
Educación.
Colegiaturas en instituciones educativas privadas con
validez oficial de estudios. Desde nivel preescolar hasta bachillerato o
equivalente, por los montos siguientes (límite anual de deducción): *
-
Preescolar: 14,200 pesos.
-
Primaria: 12,900 pesos.
-
Secundaria: 19,900 pesos.
-
Profesional técnico: 17,100 pesos.
-
Bachillerato o su equivalente: 24,500 pesos.
Para hacer efectivo este beneficio, requieres contar con el
comprobante de pago correspondiente.
Transporte escolar, sólo si es obligatorio. *
Otros.
Gastos funerarios de tu cónyuge o concubino/a, así como para tus padres,
abuelos, hijos y nietos, podrás realizarlos con cualquier medio de pago y debes
contar con la factura.
Intereses reales devengados y efectivamente pagados por
créditos hipotecarios, destinados a tu casa habitación, contratados con el
sistema financiero, INFONAVIT o FOVISSSTE, entre otras, y siempre que el
crédito otorgado no exceda de setecientas cincuenta mil unidades de inversión.
Donativos otorgados a instituciones autorizadas para
recibir donativos.
El monto de los donativos no excederá de 7% de los ingresos
acumulables que sirvieron de base para calcular el impuesto sobre la renta del
año anterior.
Puedes obtener un saldo a favor, si presentas tus deducciones en tu
Declaración Anual.
El monto total de las deducciones personales (excepto
gastos médicos por incapacidad y discapacidad, donativos, aportaciones
voluntarias y aportaciones complementarias de retiro, así como estímulos
fiscales) no puede exceder de cinco Unidades de Medida y Actualización (UMA)
anuales o del 15% total de tus ingresos, incluidos los exentos, lo que resulte
menor.
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