¿Cuáles son las deducciones personales?

Si eres persona física, en tu Declaración Anual tienes derecho a presentar las siguientes deducciones personales.

¿Qué son las deducciones personales?

Son los gastos que como contribuyente tienes derecho a disminuir de tus ingresos acumulables en la Declaración Anual del ejercicio.

Las deducciones personales son:

Salud.

Honorarios médicos, dentales y por servicios profesionales en materia de psicología y nutrición. 

Son deducibles si son prestados por personas con título profesional legalmente expedido y registrado por las autoridades educativas competentes.

Gastos hospitalarios y medicinas incluidas en facturas de hospitales. 

No proceden los comprobantes de farmacias.

Honorarios a enfermeras. 

Análisis, estudios clínicos. 

Compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación del paciente. 

Prótesis. 

Compra de lentes ópticos graduados para corregir efectos visuales. 

Primas por seguros de gastos médicos, complementarios o independientes de los servicios de salud proporcionados por instituciones públicas de seguridad social.

Dichos gastos por salud serán deducibles cuando hayan sido efectuados para ti, tu cónyuge o concubino/a, tus padres, abuelos, hijos y nietos.

Educación.

Colegiaturas en instituciones educativas privadas con validez oficial de estudios. Desde nivel preescolar hasta bachillerato o equivalente, por los montos siguientes (límite anual de deducción): *

             - Preescolar: 14,200 pesos.

             - Primaria: 12,900 pesos.

             - Secundaria: 19,900 pesos.

             - Profesional técnico: 17,100 pesos.

             - Bachillerato o su equivalente: 24,500 pesos.

 

Para hacer efectivo este beneficio, requieres contar con el comprobante de pago correspondiente.

Transporte escolar, sólo si es obligatorio. *

Otros.

Gastos funerarios de tu cónyuge o concubino/a, así como para tus padres, abuelos, hijos y nietos, podrás realizarlos con cualquier medio de pago y debes contar con la factura.

Intereses reales devengados y efectivamente pagados por créditos hipotecarios, destinados a tu casa habitación, contratados con el sistema financiero, INFONAVIT o FOVISSSTE, entre otras, y siempre que el crédito otorgado no exceda de setecientas cincuenta mil unidades de inversión.

Donativos otorgados a instituciones autorizadas para recibir donativos.

El monto de los donativos no excederá de 7% de los ingresos acumulables que sirvieron de base para calcular el impuesto sobre la renta del año anterior.

Puedes obtener un saldo a favor, si presentas tus deducciones en tu Declaración Anual.

El monto total de las deducciones personales (excepto gastos médicos por incapacidad y discapacidad, donativos, aportaciones voluntarias y aportaciones complementarias de retiro, así como estímulos fiscales) no puede exceder de cinco Unidades de Medida y Actualización (UMA) anuales o del 15% total de tus ingresos, incluidos los exentos, lo que resulte menor.

Con fundamento en:  Artículo 151 Deducciones personales.



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